El subsidio al desempleo, es un apoyo otorgado por las Cajas de Compensación Familiar por una sola vez, a las personas que hayan perdido su empleo. Equivale éste subsidio, a un salario y medio legal vigente, que se divide en seis (6) cuotas mensuales iguales, representado en bonos de alimentación, salud o educación.
Este subsidio fue creado mediante la Ley 789 de diciembre de 2002 y Reglamentado según decreto 02340 de agosto de 2003.
Se tiene dos condiciones de desempleados; los que hayan tenido vinculación anterior a las Cajas de Compensación y aquellos que no la han tenido.
Una vez usted haya cumplido con los requisitos señalados deberá diligenciar el formulario y presentarlo en la oficina del FONEDE; acorde a la fecha y hora de presentación será su orden en la lista de los postulantes que acceden al subsidio.
Una vez usted se ha hecho acreedor al Subsidio, deberá matricularse en un curso ofrecido por la Caja, ya que la ley estipula que simultáneamente al Subsidio, el beneficiario deberá recibir formación para la inserción laboral. El incumplimiento de este requisito es causal de pérdida del beneficio.
Igualmente se pierde el subsidio si el beneficiario se afilia a Caja de Compensación o EPS como cotizante o beneficiario; si no cumple con los requisitos, si presenta información falsa en la documentación, si hace fraude con los bonos o les da un uso indebido, si es pensionado o se pensiona cuando esté recibiendo el subsidio, o si deja de tener personas a cargo.
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